En México, la respuesta puede encontrarse en el principio pro persona, una herramienta jurídica fundamental que obliga a interpretar y aplicar las normas sobre derechos humanos procurando, en todo momento, la protección más amplia.
Este principio adquirió especial relevancia con la reforma constitucional en materia de derechos humanos publicada el 10 de junio de 2011. Sin embargo, sus antecedentes se encuentran en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y en la práctica de tribunales y organismos internacionales.
Comprender su alcance resulta importante porque puede influir en asuntos familiares, civiles, penales, laborales, administrativos y constitucionales, particularmente cuando una actuación de autoridad afecta derechos fundamentales.
El principio pro persona es un criterio de interpretación que coloca a la persona y a la protección de su dignidad en el centro de las decisiones jurídicas.
En términos sencillos, establece que:
La obra El principio pro persona. Experiencias y expectativas, de Mireya Castañeda, publicada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, distingue dos vertientes principales: la preferencia de normas y la preferencia interpretativa. Puede consultarse el estudio completo de la CNDH.
El segundo párrafo del artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que las normas relativas a los derechos humanos deberán interpretarse conforme a la propia Constitución y a los tratados internacionales, favoreciendo en todo momento la protección más amplia de las personas.
Esto significa que los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales de los que México es parte forman parte del parámetro jurídico que deben considerar las autoridades.
El texto vigente de la Constitución también establece que todas las autoridades, dentro del ámbito de sus competencias, tienen la obligación de:
Estas obligaciones deben cumplirse conforme a los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Esta vertiente se presenta cuando una disposición admite dos o más interpretaciones razonables.
En ese supuesto, la autoridad debe optar por el significado que permita proteger con mayor amplitud el derecho humano involucrado.
Por ejemplo, si una norma procesal admite dos interpretaciones y una de ellas permite que la persona sea escuchada y tenga acceso efectivo a la justicia, mientras que la otra le impide continuar con su defensa por un formalismo innecesario, deberá analizarse la posibilidad de adoptar la primera.
Esto no autoriza a ignorar los requisitos legales. Obliga a evitar interpretaciones excesivamente restrictivas cuando exista otra solución válida y más protectora.
Esta modalidad opera cuando dos o más disposiciones pueden regular un mismo supuesto.
La autoridad debe identificar cuál ofrece una protección más amplia al derecho humano correspondiente. El análisis no puede reducirse exclusivamente a establecer qué disposición es federal, local o internacional; debe considerar su contenido, alcance y relación con el sistema constitucional.
Sin embargo, la selección de la norma más favorable requiere una argumentación jurídica completa. No basta afirmar que una disposición “beneficia más” a una de las partes.
Imaginemos que una autoridad administrativa rechaza una petición ciudadana porque interpreta una formalidad de la manera más restrictiva posible.
Si existen dos interpretaciones jurídicamente aceptables:
El principio pro persona puede respaldar la segunda interpretación, especialmente cuando favorece el acceso efectivo a un derecho sin contravenir expresamente la ley.
La autoridad tendría que analizar:
Sí, pero cada una debe hacerlo dentro del ámbito de sus atribuciones.
El principio pro persona no está dirigido exclusivamente a jueces y tribunales. También debe orientar la actuación de autoridades administrativas, legislativas y organismos públicos autónomos.
No obstante, sus facultades no son idénticas. Una autoridad administrativa puede interpretar una norma buscando la mayor protección, pero ello no significa que tenga las mismas facultades de control constitucional que un órgano jurisdiccional.
Esta distinción es importante: el deber de proteger derechos humanos es general, pero los mecanismos disponibles para hacerlo dependen de las competencias legales de cada autoridad.
No necesariamente.
Uno de los errores más frecuentes consiste en pensar que basta invocar este principio para que una autoridad resuelva favorablemente cualquier petición. La Suprema Corte ha precisado que el principio pro persona no implica que los argumentos de una persona deban aceptarse automáticamente ni permite crear derechos que no tienen fundamento en el orden jurídico. Así se explica en el criterio del Semanario Judicial de la Federación.
Para aplicarlo correctamente debe existir:
Por lo tanto, no se trata de una fórmula automática, sino de una metodología de interpretación y argumentación jurídica.
El principio pro persona mantiene una relación estrecha con el control de convencionalidad.
Al analizar un asunto relacionado con derechos humanos, las autoridades jurisdiccionales deben considerar la Constitución, los tratados internacionales aplicables y la interpretación desarrollada por los órganos competentes.
De manera general, el análisis comprende:
El alcance de este control depende de las atribuciones de cada autoridad y de los criterios obligatorios aplicables al caso.
El principio pro persona puede tener impacto en materias como:
Su aplicación también puede extenderse a derechos colectivos e intereses relacionados con comunidades, medioambiente y patrimonio cultural, dependiendo de las características del caso.
Una resolución desfavorable no constituye, por sí sola, una violación de derechos humanos. Es necesario revisar de forma integral:
Este análisis debe realizarse con rapidez, pues algunos recursos administrativos, juicios ordinarios y demandas de amparo están sujetos a plazos breves. La falta de impugnación oportuna puede ocasionar que el acto quede firme.
El principio pro persona representa uno de los cambios más importantes en la protección contemporánea de los derechos humanos en México. Su finalidad es evitar interpretaciones injustificadamente restrictivas y colocar la dignidad humana en el centro de la actuación de las autoridades.
Sin embargo, invocarlo correctamente exige identificar el derecho afectado, comparar las normas aplicables, estudiar los criterios judiciales y construir una argumentación relacionada con las circunstancias concretas del asunto.
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Este artículo tiene fines informativos y no sustituye una consulta jurídica personalizada. La procedencia de cualquier acción depende de los hechos, las pruebas, la legislación y los criterios aplicables a cada caso.
